miércoles, octubre 04, 2006

DIVISIÓN DE PODERES

El poder en una sociedad civilizada es la máxima aspiración social de las élites hegemónicas, entendiendo a estas como las que lo ejercen o lo pueden ejercer o incluso lo detentan.
Su ejercicio integro, de forma legal y legítima, como capacidad de ejecución y de coacción es lo que se denomina soberanía.
Para que el poder sea legítimo es necesario que esté constituido y ejercido de modo constitucional por los órganos correspondientes del Estado.

En el ámbito de la teoría de la división de poderes, cabe hablar de los siguientes:

  1. Poder legislativo, órganos a los que corresponde la elaboración de las leyes. En los estados modernos está ejercido por el parlamento.
  2. Poder ejecutivo: órganos a quienes está encomendada la ejecución de las leyes y el Gobierno del Estado.
  3. Poder judicial: órgano o serie de órganos que desempeñan la tarea de administrar justicia.
  4. Se habla también de poder moderador para hacer referencia al ejercido por el jefe del Estado, cuando su papel consiste en mediar entre los poderes clásicos del Estado y su gestión pretende evitar, en lo posible, que éstos se extralimiten en el ejercicio de las funciones que le vienen conferidas por las leyes. Este matiz es muy importante porque, como luego veremos, el control de las extralimitaciones es fundamental en la democracia.
  5. También se habla del cuarto poder, los medios de comunicación (prensa). Aunque no pertenece, o no debe pertenecer al estado, este es muy importante, como generador de opinión en la sociedad civil y cada vez más, con los nuevos medios de difusión como Internet y televisión interactiva.

En función de cómo se ejerza este poder, tendremos diferentes tipos de organizaciones políticas que se plasmarán en los distintos tipos de gobierno.En los tratados de ciencia política encontramos un montón de clasificaciones, cuya descripción se sale del objetivo de este artículo.

Dentro de las distintas descripciones existen distintos de terminología según los prejuicios ideológicos o la descripción didáctica de los mismos.Por poner un ejemplo de lo anterior, si hablamos de Totalitarismo como la forma de gobierno que acapara en el mismo organismo los tres poderes del estado, no es lo mismo la dictadura comunista que la fascista y dentro de esta tampoco el lo mismo el fascismo alemán que el italiano.

De una manera didáctica y básica, distinguimos las siguientes formas de gobierno más comunes en los países occidentales desde la Revolución Francesa:

  • Monarquía Constitucional, el rey gobierna y los diputados legislan; fue la que se constituyó en la primera fase de la Revolución francesa.
  • Monarquía Parlamentaria, el rey reina y un gabinete controlado por el Parlamento gobierna; es la que se ejerce en el Reino Unido.
  • Monarquía de Partidos, el rey reina y arbitra discrecionalmente las demás instituciones, y el partido gobernante controla al Parlamento. Es la que tenemos aquí, en Holanda o Dinamarca.
  • De forma análoga tendremos los distintos tipos de República sustituyendo al rey por el presidente.

Controlar la extralimitación de las funciones de los gobernantes ha sido la preocupación de todos los constituyentes y teóricos de la ciencia política. De todos es sabido que la falta o ausencia de poder coactivo produce algaradas y motines populares de consecuencias imprevisibles. La historia está llena de ejemplos.

Este miedo de la clase gobernante es la que produce el intento de controlar el orden y la legalidad.Pero aquella extralimitación del poder gobernante conduce al totalitarismo.Este ente, objeto de lucha y control, cuya ausencia produce caos y descontrol y su extralimitación tiranía, es lo que llamamos soberanía.

En las dictaduras la soberanía reside en el dictador que la aplica discrecionalmente.En las monarquías absolutistas residía en el Rey por mandato divino.En las monarquías constitucionales residía también en el Rey pero por mandato del parlamento que era la representación del pueblo y ejercía de control.

De ahí la errónea concepción, presente hasta hoy en nuestra Constitución, de que la soberanía reside en el pueblo.
En las monarquías y repúblicas de partidos, la soberanía reside en el gobierno que controla todas las instituciones mediante consenso o pacto oligárquico con el resto de las fuerzas políticas.
Así, el consenso se convierte en el mediador de la soberanía, en el famoso moderador.
Los que defendemos la democracia creemos que la soberanía hay que romperla en trozos, tantos como poderes del estado, de manera que se vigilen entre sí (división de poderes). De esta forma ninguno se podría extralimitar en sus funciones, pues en seguida intervendría otro que evitaría los excesos.
Para ello es imprescindible elecciones presidenciales para el poder ejecutivo. El presidente del gobierno sería elegido entre todos los españoles siendo una cosa común a vascos, catalanes, canarios y resto de españoles. El gobierno tendría capacidad de disolver el parlamento en cualquier momento acompañada por su simultánea dimisión y convocatoria de elecciones presidenciales.
El parlamento se elegiría por elecciones legislativas y una vez constituido podría obligar al gobierno a dimitir y convocar simultáneamente elecciones presidenciales y legislativas.
El poder judicial saldría de los órganos independientes de la magistratura que se proveería por oposición libre y por turnos de méritos con normas y controles imparciales y nombramientos vitalicios.
El presidencialismo, pensamos atenuaría y diluiría los sentimientos nacionalistas, pues dotaría al Estado de un elemento común a todos los españoles, cosa que no ocurre ahora con la partitocracia.
Nosotros pensamos que en nuestro sistema político actual, no existe democracia pues no existe división de poderes; al poder ejecutivo lo elige el legislativo y el judicial se reparte por cuotas según los resultados electorales.
Mas adelante intentaremos explicar y matizar la forma de realizar todas estas cuestiones.

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